CONSULTORÍA EN INGENIERÍA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE

Auditorías energéticas en el marco del nuevo real decreto 56/2016

solar-cells-594166 640
RD 56 / 2016 por el que se transpone la Directiva 2012 / 27 / UE relativa a la eficiencia energética

Entrada en Vigor:   14 / 02 / 2016

Obligatoriedad de Realización de Auditorías Energéticas (AE´s)

Grandes Empresas
>= 250 trabajadores  Independiente de Volumen de Negocio y Balance General

< 250 trabajadores    Volumen Negocio > 50M€ Y Balance Gral > 43M€

Grupos de Sociedades

Definidos según Art.42 RD 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio. TEXTO CONSOLIDADO: 21 de julio de 2015
>= 250 trabajadores (Suma de todas las Sociedades del Grupo consolidado) Independiente de Volumen de Negocio y Balance General
< 250 trabajadores Volumen Negocio > 50M€ Y Balance Gral > 43M€ (Suma de todas las sociedades del Grupo consolidado)

Opciones de cumplimiento del Real Decreto
Auditoría Energética (AE) cada 4 años,a partir de la fecha de la auditoría anterior

  • AE previa + ISO 14001
  • AE previa + ISO 50001

(*) Caso edificios : CEE + Recomendaciones de mejora EE (según directrices Art.3.3 RD) (únicamente para la parte edificatoria cubierta por el certificado de eficiencia energética)

 

Alcance de las Auditorías
85% del consumo total de energía final del conjunto de las instalaciones ubicadas en el territorio nacional

que formen parte de las actividades industriales, comerciales y de servicios que dichas empresas y grupos gestionan en el desarrollo de su actividad económica.

Exigencias Técnicas y Contenidos Mínimos
ISO 14001 (sistemas de gestión ambiental)
UNE-EN 16247 (auditorías energéticas)
Parte 1: Requisitos Generales
Parte 2: Edificios
Parte 3: Procesos
Parte 4: Transporte
“Sus sustituciones por futuras normas UNE EN, autorizadas por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, de requisitos de auditorías energéticas”

Anexo VI Directiva 2012/27/UE + Criterios Adicionales Art. 3.3 RD 56/2016
- Basada en datos operativos actualizados, medidos y verificables, de consumo de energía
- Examen pormenorizado del perfil de consumo de energía de los edificios o grupos de edificios, de una instalación u operación industrial o comercial, o de un servicio privado o público, con inclusión del transporte dentro de las instalaciones o, en su caso, flotas de vehículos.

- Criterios de rentabilidad en e l análisis del coste del ciclo de vida, antes que en periodos simples de amortización, a fin de tener en cuenta el ahorro a largo plazo, los valores residuales de las inversiones a largo plazo y las tasas de descuento.

- Proporcionadas y suficientemente representativas para que se pueda trazar una imagen fiable del rendimiento energético global, y se puedan determinar de manera fiable las oportunidades de mejora más significativas.

- Cálculos detallados y validados para las medidas propuestas.

- Se debe conservar la auditoría energética en vigor, ponerla a disposición de las autoridades competentes y actualizar su información para inspección o cualquier otro requerimiento.

Registro e Inspección De las Auditorías Energéticas
Registro:
- Registros Administrativo Nacional: Es público y gratuito, obligatorio para Grandes Empresas y Grupos de Sociedades que cumplan con los requisitos de Gran Empresa.
Inspección:
- Competencia de las CCAA
- Sistema de inspección independiente.
Alcance:
- Garantizar y comprobar el cumpliento, la calidad de las AE.
- Inspección anual al azar de las AE.

Infracciones y Sanciones
“Se sancionará de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 80 y 82 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia”

Infracciones Muy Graves:
De 10.001€ a 60.000€, pudiendo llegar hasta los 100.000€ + posible inhabilitación de 2 a 5 años
Infracciones Graves:
De 1.001€ a 10.000€, pudiendo llegar hasta los 30.000€ + posible inhabilitación de 1 a 2 años.
Infracciones Leves:
De 300€ a 1.000€, pudiendo llegar hasta los 3.000€

PROGRAMAS DE AYUDA A LA EFICIENCIA ENERGÉTICA
 
IDAE IVACE

INVERSIÓN: 30% SUBVENCIONABLE. Máx. 4 MILL.€

FECHA LÍMITE SOLICITUD: 5/5/2016

PROYECTO SUBVENCIONABLE:
-Mejora tecnológica de equipos y procesos (>75.000 €)
-Implantación Sistema de gestión Energía (>30.000 €)

FECHA FINALIZACIÓN: 24 meses desde la resolución de la ayuda.


exclamNo se incluye la certificación del Sistema de Gestión de Energía

INVERSIÓN: 40 % SUBVENCIONABLE.Máx.20.000€

FECHA LÍMITE SOLICITUD: 10/03/2016

PROYECTO SUBVENCIONABLE:
-Implantación y certificación ISO 500.001

 FECHA FINALIZACIÓN: 31/05/2017

exclam Aprobación del proyecto implica puntuación mínima de 30 puntos
. Consumo energético 20 puntos
. Tipo de energía gestionada 20 puntos (eléctrica y térmica
Tipología de implantación 20 puntos (industria frente servicios)
. Experiencia consultora en ISO 50.001   20 puntos
-Número de medidas eficiencia energética 20 puntos

 

 

ImprimirCorreo electrónico